Sres.
Les informamos de la nueva normativa que ha entrado en vigor para las mercancías destinadas a Argelia, ésta hace referencia a los nuevos requisitos necesarios para la domiciliación de las importaciones de mercancía destinada a la reventa dentro del mismo país.
El Banco de Argelia ha emitido en fecha 22/10/17 una nueva instrucción en relación a la domiciliación de las importaciones destinadas a la reventa directa.
La domiciliación de cada operación de importación de bienes destinados a la reventa directa deben efectuarse, como mínimo, 30 días antes de la expedición de la mercancía y el cliente debe hacer una provisión ante su banco.
El importe de la provisión debe ser de, como mínimo, un 120% del valor de la importación, y es aplicable en todos los casos, sea cual sea el método de pago (crédito documentario, remesa o transferencia).
Como siempre estamos a su disposición para aclararles cualquier duda sobre la gestión de los envíos bajo esta nueva normativa.